Revisado el 23 de septiembre de 2026

Calculadora de intereses de demora 2026

Cuando un cliente paga tarde no solo debe la factura: debe intereses por cada día de retraso, y en operaciones entre empresas también 40 € de indemnización por costes de cobro que se devengan solos, sin que haga falta reclamarlos. Esta calculadora te dice cuánto suma todo eso a día de hoy.

Funciona para los tres casos que se confunden a menudo: una factura impagada entre empresas (Ley 3/2004), una deuda con Hacienda fuera del plazo voluntario (art. 26 de la LGT) y una deuda civil al interés legal del dinero. El tipo aplicable no es el mismo, ni de lejos.

Base de la factura impagada, sin IVA repercutido si aún no lo has ingresado.
El interés empieza a correr al día siguiente, de forma automática y sin necesidad de reclamar.
Hasta hoy si la deuda sigue viva.
Total a reclamar —
Principal—
Intereses de demora—
Costes de cobro—
Días de demora—
Total—
Desglose por tramos

El tipo cambia cada semestre, así que una deuda larga no se calcula con un solo porcentaje: cada tramo lleva el suyo.

PeriodoDíasTipoBaseIntereses
Total——

Cómo se calcula. Base × tipo del tramo × días del tramo ÷ días del año natural (365, o 366 en bisiesto). Los días se cuentan desde el día siguiente al vencimiento hasta la fecha de cálculo, ambos inclusive. Es el mismo método que aplica la Administración.

Entre empresas el tipo lo publica el Tesoro cada semestre en el BOE: el del BCE en su última operación principal de financiación del semestre anterior, más ocho puntos. Segundo semestre de 2026: 2,40 % + 8 = 10,40 %.

Con Hacienda el tipo es el interés legal del dinero incrementado en un 25 %, salvo que la Ley de Presupuestos fije otro. En 2026 sigue en el 4,0625 %, prorrogado del ejercicio anterior.

Los tipos vigentes en 2026

Entre empresas, el tipo del segundo semestre de 2026 es el 10,40 %: el Banco Central Europeo aplicó un 2,40 % en su última operación principal de financiación del semestre anterior, y la Ley 3/2004 manda sumarle ocho puntos. En el primer semestre fue el 10,15 %. Los dos los publica el Tesoro en el BOE: Resolución de 30 de junio de 2026 (BOE-A-2026-14327) para el segundo semestre y Resolución de 23 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-27201) para el primero. Comprobado el 23 de septiembre de 2026.

Con Hacienda, el interés de demora de 2026 es el 4,0625 % y el interés legal del dinero el 3,25 %. Los dos vienen prorrogados del ejercicio anterior, porque la Ley de Presupuestos no se aprobó antes del 1 de enero.

Por qué el cálculo va por tramos

El tipo de demora comercial lo publica el Tesoro en el BOE dos veces al año, y cambia. Una factura vencida en 2024 que sigas reclamando hoy ha pasado por cuatro tipos distintos: 12,50 %, 12,25 %, 11,15 % y 10,15 %. Calcularla con un único porcentaje da un número que no se sostiene si el deudor lo discute. Por eso la herramienta parte el periodo en tramos, aplica a cada uno el tipo que estaba vigente y te enseña el desglose: es lo que tendrás que aportar si la reclamación acaba en un burofax o en un monitorio.

Desde cuándo corren los intereses

Desde el día siguiente al vencimiento del plazo de pago, de forma automática. No hace falta avisar al cliente, ni mandar un requerimiento, ni pactarlo en el contrato: en operaciones comerciales el devengo es automático por ley. Si no se pactó plazo, el que se aplica es el de 30 días naturales desde la entrega o la prestación del servicio.

Ten en cuenta que la acción para reclamar una deuda comercial prescribe a los cinco años. Esta herramienta calcula importes; si la deuda es antigua o el cliente la discute, la conversación es con tu abogado o tu asesoría.

Más herramientas

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