Publicado por Bikain Studio, S.L. Revisado el 28 de julio de 2026

Última hora Verifactu y factura electrónica: en qué punto estamos

Actualizado el 27 de julio de 2026. Esta página resume en qué punto están las dos obligaciones de facturación que afectan a autónomos y pymes en España. La revisamos cada semana.

Verifactu: sin novedades desde diciembre de 2025

El calendario vigente sigue siendo el que fijó el Real Decreto-ley 15/2025, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025 y convalidado por el Congreso el 11 de diciembre. No se tramitó como proyecto de ley y ninguna norma posterior ha tocado las fechas.

  • 1 de enero de 2027 — contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades.
  • 1 de julio de 2027 — autónomos y resto de obligados.

A julio de 2026 no hay obligación para nadie. La sede electrónica de la AEAT, actualizada el 21 de julio de 2026, sigue calificando este periodo como fase de pruebas.

El plazo de los fabricantes venció hace un año

Es el dato que más se confunde. Los desarrolladores de software tenían nueve meses desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1177/2024 para adaptar sus productos, y ese plazo venció el 29 de julio de 2025. El RDL 15/2025 aplazó la obligación de los usuarios, no la de los fabricantes.

Traducción práctica: si tu programa de facturación todavía no está adaptado, el problema no es que quede tiempo. Es que tu proveedor ya va con un año de retraso.

Factura electrónica B2B: el reglamento está, la orden no

El Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo, desarrolla por fin la factura electrónica obligatoria entre empresas de la Ley Crea y Crece. Se publicó en el BOE el 31 de marzo de 2026 y entró en vigor el 20 de abril.

Pero la aplicación efectiva depende de una orden ministerial que sigue en proyecto. Su audiencia pública cerró el 8 de mayo de 2026 y a día de hoy no consta su publicación en el BOE. Hasta que salga, el calendario es provisional:

  • 1 de agosto de 2027 — la solución pública de facturación debe estar operativa.
  • 1 de octubre de 2027 — empresas con facturación superior a 8 millones de euros.
  • 1 de octubre de 2028 — resto de empresas y autónomos.
  • 1 de octubre de 2029 — obligación de informar de los estados de pago para autónomos y entidades de hasta 8 millones.

No confundas las dos obligaciones. Verifactu regula cómo tu programa registra las facturas que emites. La factura electrónica B2B regula en qué formato se las mandas a otra empresa. Son normas distintas, con calendarios distintos, y a la mayoría le van a tocar las dos.

Qué vigilamos

  • La publicación en el BOE de la orden ministerial de la solución pública de facturación.
  • Cualquier norma que vuelva a mover las fechas de Verifactu: ya se han movido dos veces.
  • Los avisos de la AEAT sobre el entorno de pruebas y sobre el registro de eventos.
  • Las adaptaciones que vayan anunciando los fabricantes de software.

Si te toca decidir programa, en comparativas de software tienes los precios reales y los límites de cada plan. Si aún no sabes qué te aplica, empieza por la guía de Verifactu.

Fuentes: BOE (RDL 15/2025, RD 1007/2023 consolidado, Orden HAC/1177/2024, RD 238/2026) y sede electrónica de la AEAT. Contenido divulgativo, no asesoramiento fiscal.